Seleccionar página
Inicio 9 Noticias 9 Corte de Apelaciones de Santiago da la razón al MOP: Aguas Cordillera deberá pagar multa.
Corte de Apelaciones de Santiago da la razón al MOP: Aguas Cordillera deberá pagar multa.

26/04/2023 04:04:00 | Noticias

En junio del 2022, la Dirección General de Aguas multó a la sanitaria por no haber iniciado en el plazo establecido las transmisiones de información de 21 pozos ubicados en las comunas de Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea.

La Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas, luego de que Aguas Cordillera, empresa sanitaria que opera en la Región Metropolitana, interpusiera una reclamación ante una multa de $39.253.874 por incumplir con las obligaciones derivadas del sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE).

La Ministra de Obras Públicas, Jessica López, destacó que “este fallo ratifica el trabajo que está realizando la DGA, en el sentido de fiscalizar y contar con información relevante para saber con cuánta agua efectivamente contamos. La transmisión de información en línea del Sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas es un instrumento fundamental que le exigimos a todos quienes extraen agua, ya sean grandes empresas o pequeños agricultores y fiscalizaremos que todos lo hagan”.

Según explicó el director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza, en junio de 2019 la DGA implementó el sistema de MEE como una forma de verificar que las aguas extraídas coincidan efectivamente con el derecho de aprovechamiento de agua otorgado y así conocer la disponibilidad del recurso hídrico.

“De este modo, luego de fiscalizar a Aguas Cordillera y en base al análisis del informe técnico, la DGA determinó aplicarle una multa de 682 UTM ($39.253.874) en junio de 2022 por no haber iniciado dentro del plazo establecido según resolución, las transmisiones del caudal de agua que están utilizando respecto de 21 obras de captación de aguas subterráneas que se encuentran en las comunas de Lo Barnechea, Las Condes y Vitacura”, relató Sanhueza.

No obstante, la empresa hizo uso de la facultad que le otorga el artículo 137 del Código de Aguas, reclamando la sanción impuesta ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Sin embargo, la instancia judicial rechazó la reclamación, respaldando la multa aplicada por la DGA.

Cabe señalar que la DGA estableció como plazo el 4 de septiembre de 2020 para instalar el sistema de medición y registro en el software de la DGA, y el día 4 de octubre de 2020 para comenzar las transmisiones de la información. El 17 de marzo de 2022 la DGA detectó que la empresa no habría estado cumpliendo con las transmisiones de extracciones efectivas de 21 obras de captación de estándar mayor, por lo que el 31 de marzo se realizó la fiscalización, constatándose que las obras inspeccionadas no estaban transmitiendo la información requerida.

La DGA estableció que 11 de las 21 obras que se encontraban asociadas al proceso de fiscalización habrían estado transmitiendo de manera incompleta la información solicitada respecto al tipo de derecho, por lo que resolvió aplicar una multa de 682 UTM, desglosada en 121 UTM ($6.964.397) por no entregar información en forma y oportunidad, y 561 UTM ($32.289.477) por incumplimiento en transmitir la información de extracciones efectivas.

A juicio de la Corte de Apelaciones de Santiago, Aguas Cordillera no presentó pruebas que puedan desvirtuar la presunción de legalidad que tiene la resolución reclamada, ni el informe técnico realizado dentro del proceso de fiscalización, limitándose a alegar que estaría cumpliendo con la obligación objetada.

La ministra Jessica López indicó que “nuestro objetivo no es pasar multas, es que las empresas y las personas cumplan con las disposiciones del Código de Aguas. Tenemos una situación crítica de disponibilidad de agua, por lo que saber efectivamente cuánto extrae cada usuario es fundamental para asegurar el derecho humano al consumo de agua y saneamiento”.